martes, 24 de mayo de 2016

Evidencia Estación 3 "Mis deberes y derechos como aprendiz SENA"

ANÁLISIS DEL CASO

Basándose en el artículo 7 del reglamento del aprendiz SENA, en el apartado número cuatro de este articulo contempla:

“Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA”.

Por lo tanto, la respuesta que le daría a Federico es que está en lo correcto y por ende él tiene derecho a poseer un carné que lo acredite como aprendiz del SENA a pesar de pertenecer a un programa de modalidad virtual, puesto que en el reglamento no se hace la distinción entre modalidades, sino que indica que en general todos los aprendices tienen derecho a poseer el Carné en cuanto se legalice su matrícula y considerando que ya lleva cuatro meses en el proceso, claramente cumple dicho requisito. Le recomendaría en primer lugar revisar si todos los datos que él ha aportado están en correcto orden y posteriormente, investigar si existe una oficina o división del SENA en la cual le puedan atender su caso y darle una solución y haciendo alusión al artículo 15 de la sección “Gestión académico administrativa”, realizar una petición por escrito la cual debe radicar en su respectivo centro y registrarla en el sistema de gestión, a lo cual le deberán dar respuesta dentro de los siguientes 10 días hábiles.

En cuanto a la líder de bienestar claramente le ofreció una respuesta equivocada al aprendiz demostrando una actitud poco adecuada debido a que está generando inconvenientes en el proceso de formación de Federico puesto que él no puede realizar las actividades asignadas por no tener el carné. De manera tal que esta persona debería recibir un llamado de atención para que corrija dicho comportamiento y permita a los aprendices llevas a cabo sus procesos a cabalidad.

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