MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA
Considerando la situación en la que se encuentra Nicolás, él se deberá
apoyar en Articulo 15 de la sección del reglamento llamada GESTION
ACADEMICO ADMINISTRATIVA, el cual se cita a continuación
“ARTÍCULO 15. Los
Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos
y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los
aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas
por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de
gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a
su radicación deberá dar la respuesta respectiva”
Apoyándose en este artículo
Nicolás podrá presentar su petición de una forma legítima y formal lo cual le
garantizará que recibirá una respuesta oportuna y por ende una solución a su
situación.



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